Tippets

La conciencia vale por mil testigos.

(Quintiliano)


ASADO DE CUMPLEAÑOS !!!

Volvemos a nuestra sede por el verano.

Continuando con la tradición de la APMN, EL SEGUNDO VIERNES del mes de enero nos jjuntaremos para festejar los cumpleaños de los asociados que aumenten su edad en ese mes y que se llevará a cabo EL PROXIMO VIERNES 12 DE ENERO DE 2001 a las 21:30 Hs. en el quincho de nuestra sede, sito en Independencia 832 de Neuquén.

Sistema a la canasta. Ud. lleva su asado, su vino y el pan. Nosotros ponemos la leña, el parrillero y las tortas Los gorditos... no olvidar la picada!!.

Informes: en Secretaría, Srta. Analía (0299) 442 5013, de lunes a viernes de 9 a 13 hs.

SOLO HAY 80 LUGARES- AVISE POR FAVOR!!!


RIFA

Usted ha recibido el pasado mes una de nuestras clásicas rifas con no menos interesantes premios. Por favor enviar su importe a la APMN, a sus cobradores, a miembros de la CD o depositar en Cta. Cte. 400066/2 de la Suc. Neuquén (089) del Banco Francés.

Muchas gracias por su colaboración.

DATOS METEOROLOGICOS DE INTERES

Durante el mes de noviembre el ingreso de aire frío ha provocado precipitaciones frontales, especialmente en las cuencas del Limay y Collon Cura. La precipitación acumulada con respecto a los valores históricos mensuales en la cuenca del Limay representó un 29 % de exceso, en el Collón Cura también un exceso del 17 % y en la del Neuquén hubo 35 ´% de déficit.

Los escurrimientos mensuales se situaron por encima de los niveles medios en alrededor del 10 % en todas las cuencas.

Hubo una importante disminución del paquete nival por fusión en el último mes, solo queda nieve en bosque en las cuencas del Collon Cura y Limay.

Para enero se espera en el Neuquén un caudal promedio de 213 m3/s con tendencia en baja durante febrero.

Aguas abajo de Arroyito para enero se prevé un caudal promedio de 640 m3/s, sujeto a que las represas sobre el mismo cumplan con la restricción planteada oportunamente.

Fuente: AIC


MUY IMPORTANTE !!!

Tiempo que tardan en descomponerse en el agua, los contaminantes mas usados por los pescadores.

  • Lata de conserva: 100 años.
  • Lata de aluminio: 200 a 500 años.
  • Plásticos: líderes, envases, líneas, etc, 450 a 600 años.
  • Envases de vidrio: indeterminado.
  • Tejido de algodón: 1 a 5 mese.
  • Papel: 2 a 4 semanas.
  • Colillas de cigarrillos: 10 años.
  • Gomas: indeterminado.
  • Aceites y combustibles: contaminación de aguas, napas, impermeabilización del suelo.
  • Pila botón: contaminan hasta 600.000 lts de agua.
  • Pila alcalina: contaminan hasta 175.000 lts de agua.

Recuerde que la trucha solo vive en ambientes no degradados.


BIENVENIDA A NUEVOS ASOCIADOS

507 ORREGO, Marcelo CUTRAL CO – Nqn

508 PEREZ, Diego Martín CIPOLLETTI – RN

509 COLLOCA, Guillermo S. FERNANDO (BA)

510 BORN, Rodolfo Hernán MENDOZA

511 ALCARAZ, Ramón Benito PLOTTIER – Nqn

512 ELIA, Daniel Eduardo S. M. A- Nqn.

513 AROCENA, Jorge NECOCHEA- Bs As

514 IACHETTI, Omar CIPOLLETTI- R.N

515 VAZQUEZ, Guillermo VILLA LA ANGOSTURA

516 RANZONI Mario Oscar CIPOLLETTI

517 GOZIO Juan Pablo BUENOS AIRES

518 DE ALMEIDA PRADO Rubens BRASIL

519 DA COSTA Marco Valerio BRASIL

520 DA COSTA QUATROCCI Laercio BRASIL

521 CALDERA Alejandro Juan CAPITAL FEDERAL

522 TORO Pablo Daniel CENTENARIO

523 PUJANTE MANGIOLA Ignacio CAPITAL FEDERAL

524 LAURENCE Alejandro BUENOS AIRES

525 SEGOVIA Ernesto Horacio CIPOLLETTI

526 MANSILLA Adrián BARILOCHE


CUMPLEAÑOS DE ASOCIADOS

Nº Socio Nombre Fecha

172 WILLHUBER RAUL 01/01

504 CARO FANNY 02/01

15* MARTINEZ OMAR ANIBAL 04/01

44* BUSACHELLI JOSE LUIS 04/01

385 CALLERI NICOLAS 04/01

66* FERRACIOLLI GUIDO 05/01

158 ANDERLE DANIEL 05/01

241 GHILARDUCCI ROBERTO 06/01

464 GHARZIA ALBERTO 09/01

003* CHECA JUAN MANUEL 10/01

124 GARCIA ALEJANDRO 12/01

301 MECH BRONISLAO 12/01

160 TERRASANTA GABRIEL 13/01

344 BARRIENTOS JORGE 13/01

293 DAGMA CARLOS 14/01

430 OLIVA SEBASTIAN 14/01

327 ANTARELLI PABLO 15/01

75* GUNTSCHE GUILLERMO 16/01

233 TARIFEÑO ALFREDO 16/01

288 CUETO MARCELO 16/01

322 CHARDIN OMAR 17/01

342 CHAVEZ FABIAN 17/01

487 RODRIGUEZ MAXIMILIANO 17/01

213 BUFFOLO EDUARDO 18/01

253 FUENTES RAUL 20/01

368 PEROTTO JOSE MARIA 22/01

374 SALAMIDA MIGUEL 22/01

379 MEDEOT CARLOS AUGUSTO 22/01

136 MOLINI NESTOR 23/01

380 PANCIOTTO DOMENICO 25/01

458 PADILLA RINGO 26/01

90* OLIVA OSCAR 27/01

232 CALANNI JOSE ANTONIO 28/01

491 BUCHINI DARIO RICARDO 29/01

142 SACCONI ROBERTO 30/01

164 VARESCO RICARDO 30/01

479 WEGRZYN DANIEL 30/01

313 LACALLE DANIEL 31/01

* Socios Fundadores


REGLAMENTO DEL USO DE EMBARCACIONES PARA LA PRACTICA

DE LA PESCA DEPORTIVA

1º.En los ríos y tramos de ríos cuya reglamentación fuere de liberación obligatoria podrá practicarse la pesca deportiva desde embarcaciones exclusivamente sin motor y sólo con modalidad mosca o fly cast, con equipo específico de la misma y anzuelo sin rebaba, quedando especialmente prohibida la pesca de arrastre o trolling, aún navegando a la deriva (garete o camalote). En los ríos o tramos de ríos que poseyeren otras reglamentaciones, las embarcaciones sólo podrán utilizarse, en relación con la pesca, para el desplazamiento de los pescadores, debiendo descender de las mismas para pescar.

2º.Las embarcaciones que podrán ser utilizadas para pescar serán exclusivamente Botes de piso plano, Balsas y Gomones, pudiendo practicar la pesca deportiva solamente 2(dos) pescadores por embarcación, quedando expresamente prohibido todo otro tipo de embarcaciones o flotadores por estrictas razones deportivas y de seguridad.

3º.Todas las embarcaciones usadas para pescar deben estar matriculadas por la Prefectura Naval Argentina y cumplir con todos los requisitos exigidos por ese organismo. La matrícula deberá ser exhibida claramente en ambos lados de la embarcación por medio de caracteres de, al menos, 15 cm de altura por 8 cm de ancho. Cumplimentado este trámite deberán inscribirse anualmente en la Dirección Provincial de Recursos Faunísticos y Áreas Naturales Protegidas utilizando un formulario confeccionado especialmente para tal fin.

4º.Las embarcaciones usadas con fines de pesca que respondan a fines comerciales deben estar inscriptas en el registro correspondiente de la Dirección de Recursos Hídricos de la Provincia del Neuquén.

5º.El ingreso y egreso de las embarcaciones para pescar a los ríos que lo permitieren deberán realizarse preferentemente por los accesos aconsejados para tal fin.

6º.Con propósitos estadísticos, en las Delegaciones de Guardafaunas deberán registrarse los siguientes datos:

a) Número de inscripción;

b) Propietario de la embarcación;

c) Matrícula y tipo de embarcación;

d) Ríos a pescar;

e) Fecha de la inscripción; y

f) Funcionario actuante;

7º.Durante la pesca desde embarcaciones deberán observarse las normas de ética específicas que, como Anexo IV, se adjunta a la presente Disposición y forma parte de la misma.

8º.En los ríos con captura y devolución en los que está autorizada la pesca desde embarcaciones, el hecho de poseer un ejemplar muerto de cualquier salmónido, independientemente de la causa de su muerte, será considerado una falta grave, labrándose el acta de infracción correspondiente, y será revocada la habilitación de la embarcación para pescar.

9º.Las embarcaciones utilizadas para pescar no podrán ser ancladas en el fondo de los ríos.


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